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Informes: Piratería Dscográfica

UN POCO DE HISTORIA…
En el año 1998 se debatió en los tribunales de los Estados Unidos el caso Napster, donde se argumentó aplicar la doctrina Betamax, del caso Paramount Pictures versus Sony, que era la productora del video grabador. En ese momento se consideró que la tecnología por sí misma no era la infractora, sino el usuario, atendiendo el uso que le daba a esta.
Dentro de este complicado entorno, las cinco mayores compañías discográficas del mundo (EMI, BMG, Warner Music, Sony y Universal) han sido investigadas por la Comisión Europea bajo sospecha de haber realizado acuerdos ilegales para fijar los precios de los cd’s y mantenerlos más altos de lo normal. Ahora, esa misma industria discográfica lucha contra la piratería surgida por la utilización de los propios aparatos comercializados por ellos en más de una ocasión (reproductores, grabadores y cd’s vírgenes).

EN LA ACTUALIDAD…
Durante el año 2004, la piratería discográfica llegó a 1200 millones de unidades vendidas, contando un monto estimado de 4600 millones de dólares.
La IFPI (Federación Internacional de la Industria Fonográfica) asegura que uno de cada tres discos que se venden es pirata, lo que representa un 34% del mercado discográfico. Un informe anual de la industria, señala que en treinta y un países (incluyendo a la Argentina) la venta de discos piratas supera el 50% de las ventas. Según datos adquiridos, la venta de discos en el mundo cayó un 6,5% en el año 2004 debido, principalmente, a la piratería y a la circulación de música gratuita en Internet. Los países donde se registró una mayor cantidad de venta de discos piratas son China (85%) y Paraguay (99%), mientras que España es el país europeo que posee mayor piratería discográfica.
Pero, aunque se ganara la lucha contra la piratería callejera, muchos expertos coinciden en señalar que el enemigo número uno sigue siendo Internet. Por supuesto, nadie paga ningún derecho ni a artistas ni a compañías. Las discográficas, cada vez más conscientes de que Internet es incontrolable, han lanzado sus propias web’s. Sin embargo, los usuarios de internet siguen prefiriendo los sitios piratas. En ellos no sólo no pagan, sino que la variedad musical se extiende más allá de las firmas propias de las compañías.

El reparto monetario de un disco original, sería aproximadamente el siguiente:
- La parte que corresponde a los autores es un 9,4%
- El distribuidor ingresa un 13% del disco
- Los ingresos de hacienda a través del IVA alcanzan el 16%
- El beneficio de la tienda es del 26%
- Los ingresos de la compañía discográfica alcanzan el 34,6%

LEGISLACIÓN VIGENTE
Hoy por hoy, la única ley, es la Ley de Propiedad Intelectual (LPI). Según la LPI, cualquier equipo o soporte capaz de albergar y reproducir un contenido digital debe estar anexo al pago del canon que le corresponda. Incluso los propios cd’s vírgenes están obligados a pagar un impuesto, aunque se utilicen para grabar datos y archivos privados.
En España, por ejemplo, la explotación de derechos de propiedad intelectual de manera ilícita está penada. El capítulo X del Código Penal, regula las multas y el tiempo en prisión: “Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o de multa de seis a veinticuatro meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios”. Por el momento, la única modificación que se ha llevado a cabo, ha sido la del artículo 282 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Gracias a ello, ya no es necesario realizar una denuncia previa para que las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado puedan actuar contra un puesto de venta ilegal en la calle. Permite la incautación inmediata del material. Los castigos no solo se ejecutarán a las personas que venden los discos piratas, sino también a las personas que se dedican a reproducirlos.

EN CUANTO A LOS ARTISTAS…
Autores como Enrique Bunbury, entre otros, han optado por soluciones más creativas. Su éxito reside en ofrecer con el disco algo más, un extra que no puede encontrarse la persona que se baja canciones de Internet o que compra discos piratas, como entradas para conciertos o temas inéditos. En otros casos, el cd incluye un código personal de enlace a partir del cual el consumidor puede escuchar esos temas inéditos o acceder a material exclusivo.

EN CUANTO A LAS COMPAÑÍAS…
La Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (Capif), lanzó una campaña contra la piratería musical en Internet. Los usuarios argentinos del programa Kazaa, utilizado para bajar música de Internet, comenzaron a recibir mensajes instantáneos en sus PC que informan sobre la ilegalidad de esa práctica. Con esta iniciativa, la industria discográfica busca lograr una sana conciencia en los usuarios sobre el uso no autorizado de música y prevenirlos sobre las acciones legales que se pueden aplicar.
Además, para combatir de manera comercial a estos infractores, se dice que las cinco principales compañías discográficas (BMG, EMI, Sony, Universal y Warner) han anunciado su apoyo al desarrollo de un formato estándar que permita difundir música en Internet sin que puedan realizarse grabaciones piratas.


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